Alicante y provincia

Dirección facultativa de instalaciones en Alicante

La dirección facultativa es el seguimiento técnico de la ejecución de una instalación u obra, para comprobar que se realiza conforme al proyecto y a la normativa. Concluye con el certificado final, que es el documento que permite legalizar y poner en servicio la instalación.

Visita al emplazamiento incluida · Presupuesto cerrado por escrito

Consulta rápida

Cuéntanos qué necesitas

Respuesta en 24 h laborables. Tus datos solo se usan para responderte.

Cuándo se necesita

Cuándo lo necesitas

  • Vas a ejecutar una instalación que se proyectó previamente.
  • El organismo competente exige certificado final de obra o de instalación.
  • Quieres una supervisión técnica independiente de lo que ejecuta el instalador.
  • La instalación tiene cierta entidad y el riesgo de desviación es alto.
  • Eres promotor o constructora y necesitas técnico para la parte de instalaciones.

Normativa

Normativa que aplica

Agentes de la edificación y obligaciones de la dirección facultativa, cuando la actuación es obra de edificación.

Reglamentos de cada instalación

REBT, RITE, RIPCI y RAPQ establecen los certificados que debe emitir el técnico competente.

Ordenanza municipal

Puede exigir certificado final para conceder la licencia o dar por concluido el expediente.

Cada referencia enlaza a su texto oficial en el BOE. Si tienes dudas sobre cuál te afecta, te lo aclaramos sin compromiso.

Alcance

Qué incluye el servicio

Incluye

Visitas de seguimiento durante la ejecución.

Incluye

Comprobación de que lo ejecutado se corresponde con el proyecto.

Incluye

Resolución de incidencias y modificaciones que surjan en obra.

Incluye

Certificado final de obra o de instalación, firmado.

Proceso

Cómo es el proceso

PASO 01

Revisión inicial

Repasamos el proyecto y el planning con el instalador o la constructora.

PASO 02

Seguimiento

Visitas durante la ejecución para comprobar materiales y soluciones.

PASO 03

Incidencias

Resolvemos las desviaciones y documentamos los cambios que procedan.

PASO 04

Certificado final

Emitimos y firmamos el certificado que permite legalizar la instalación.

Plazos

Plazos y documentación

Plazo

Se fija por escrito en el presupuesto, tras la visita al emplazamiento. El plazo de la administración va aparte.

Qué necesitamos de ti

Proyecto de la instalación · Datos del instalador o constructora · Planning previsto de ejecución · Datos del promotor o titular

Dudas

Preguntas frecuentes

Sí, es habitual. Revisamos el proyecto antes de aceptar el encargo para saber qué asumimos.

Se fija en el presupuesto según la entidad y la duración de la instalación, para que sepas de antemano qué contratas.

Depende del tipo de actuación y de lo que exijan el reglamento aplicable y el ayuntamiento. Te lo aclaramos antes de contratar nada.

Sí, y suele ser lo más eficiente: quien ha proyectado la instalación es quien mejor detecta una desviación en obra.

¿Tienes un requerimiento encima de la mesa?

Cuéntanos el caso y te decimos qué trámite aplica, qué documentación hace falta y en cuánto tiempo puede estar.