Protección contra incendios

Un proyecto de protección contra incendios define las medidas que debe tener un edificio o establecimiento para limitar el riesgo y permitir la evacuación: sectorización, detección, extinción, alumbrado de emergencia y señalización. Qué reglamento aplica depende de si el uso es industrial o no.

Cuándo lo necesitas

  • Vas a poner en marcha una nave o establecimiento industrial.
  • Amplías o cambias la actividad y varía la carga de fuego.
  • El ayuntamiento o Industria exige justificar las medidas contra incendios.
  • Tu aseguradora pide documentación técnica de las instalaciones de protección.
  • Una inspección ha detectado deficiencias que hay que subsanar.

Normativa que aplica

NormaA qué obliga
RSCIEI (RD 2267/2004)Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales: caracterización, sectorización y nivel de riesgo intrínseco.
CTE DB-SISeguridad en caso de incendio para usos no industriales: comercial, administrativo, pública concurrencia, sanitario.
RIPCI (RD 513/2017)Instalación y mantenimiento de los equipos de protección: extintores, BIE, rociadores, detección y alumbrado.

Cada referencia enlaza a su texto oficial. Si tienes dudas sobre cuál te afecta, te lo aclaramos sin compromiso.

Qué incluye el servicio

  • Caracterización del establecimiento y cálculo del nivel de riesgo intrínseco.
  • Definición de la sectorización y de las instalaciones de protección necesarias.
  • Proyecto con memoria, cálculos, planos y presupuesto de las instalaciones.
  • Presentación ante el organismo competente y respuesta a requerimientos.

Cómo es el proceso

01 Visita y toma de datos

Medición del establecimiento, materiales almacenados y actividades que se desarrollan.

02 Cálculo y definición

Determinamos el riesgo intrínseco y las medidas que exige el reglamento aplicable.

03 Redacción del proyecto

Memoria, cálculos justificativos y planos de sectorización e instalaciones.

04 Tramitación

Presentamos el expediente y hacemos seguimiento hasta su resolución.

Plazos y documentación

Plazo

[X días] desde la visita. El plazo de la administración va aparte.

Qué necesitamos de ti

Plano de la nave o local · Descripción de la actividad y de los materiales almacenados · Documentación de instalaciones existentes · Datos de la empresa

Preguntas frecuentes

¿Se me aplica el RSCIEI o el CTE DB-SI?

Depende del uso. El RSCIEI se aplica a establecimientos industriales; el CTE DB-SI al resto de usos. Cuando conviven varios usos en un mismo edificio hay que analizar cada sector por separado, y es una de las confusiones más habituales.

¿Hace falta proyecto o basta una memoria?

Lo marca el reglamento según el tipo y tamaño del establecimiento, y en algunos casos también la ordenanza municipal. En la visita te lo concretamos.

¿Incluís la instalación de los equipos?

No. Nosotros redactamos y firmamos el proyecto y la documentación técnica. La instalación la ejecuta una empresa habilitada, con la que nos coordinamos.

¿Podéis hacer la dirección facultativa de la obra?

Sí, es un servicio que se contrata aparte y que suele interesar cuando la instalación es de cierta entidad.

¿Tienes un requerimiento encima de la mesa?

Cuéntanos el caso y te decimos qué trámite aplica, qué documentación hace falta y en cuánto tiempo puede estar.