Un proyecto de protección contra incendios define las medidas que debe tener un edificio o establecimiento para limitar el riesgo y permitir la evacuación: sectorización, detección, extinción, alumbrado de emergencia y señalización. Qué reglamento aplica depende de si el uso es industrial o no.
Cuándo lo necesitas
- Vas a poner en marcha una nave o establecimiento industrial.
- Amplías o cambias la actividad y varía la carga de fuego.
- El ayuntamiento o Industria exige justificar las medidas contra incendios.
- Tu aseguradora pide documentación técnica de las instalaciones de protección.
- Una inspección ha detectado deficiencias que hay que subsanar.
Normativa que aplica
| Norma | A qué obliga |
|---|---|
| RSCIEI (RD 2267/2004) | Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales: caracterización, sectorización y nivel de riesgo intrínseco. |
| CTE DB-SI | Seguridad en caso de incendio para usos no industriales: comercial, administrativo, pública concurrencia, sanitario. |
| RIPCI (RD 513/2017) | Instalación y mantenimiento de los equipos de protección: extintores, BIE, rociadores, detección y alumbrado. |
Cada referencia enlaza a su texto oficial. Si tienes dudas sobre cuál te afecta, te lo aclaramos sin compromiso.
Qué incluye el servicio
- Caracterización del establecimiento y cálculo del nivel de riesgo intrínseco.
- Definición de la sectorización y de las instalaciones de protección necesarias.
- Proyecto con memoria, cálculos, planos y presupuesto de las instalaciones.
- Presentación ante el organismo competente y respuesta a requerimientos.
Cómo es el proceso
01 Visita y toma de datos
Medición del establecimiento, materiales almacenados y actividades que se desarrollan.
02 Cálculo y definición
Determinamos el riesgo intrínseco y las medidas que exige el reglamento aplicable.
03 Redacción del proyecto
Memoria, cálculos justificativos y planos de sectorización e instalaciones.
04 Tramitación
Presentamos el expediente y hacemos seguimiento hasta su resolución.
Plazos y documentación
Plazo
[X días] desde la visita. El plazo de la administración va aparte.
Qué necesitamos de ti
Plano de la nave o local · Descripción de la actividad y de los materiales almacenados · Documentación de instalaciones existentes · Datos de la empresa
Preguntas frecuentes
¿Se me aplica el RSCIEI o el CTE DB-SI?
Depende del uso. El RSCIEI se aplica a establecimientos industriales; el CTE DB-SI al resto de usos. Cuando conviven varios usos en un mismo edificio hay que analizar cada sector por separado, y es una de las confusiones más habituales.
¿Hace falta proyecto o basta una memoria?
Lo marca el reglamento según el tipo y tamaño del establecimiento, y en algunos casos también la ordenanza municipal. En la visita te lo concretamos.
¿Incluís la instalación de los equipos?
No. Nosotros redactamos y firmamos el proyecto y la documentación técnica. La instalación la ejecuta una empresa habilitada, con la que nos coordinamos.
¿Podéis hacer la dirección facultativa de la obra?
Sí, es un servicio que se contrata aparte y que suele interesar cuando la instalación es de cierta entidad.
¿Tienes un requerimiento encima de la mesa?
Cuéntanos el caso y te decimos qué trámite aplica, qué documentación hace falta y en cuánto tiempo puede estar.