Las instalaciones eléctricas de baja tensión necesitan documentación técnica firmada para poder registrarse y contratar suministro. Según la potencia, el tipo de local y la actividad, el REBT exige proyecto firmado por técnico competente o memoria técnica de diseño.
Cuándo lo necesitas
- Montas la instalación eléctrica de un local, nave u oficina.
- Amplías potencia contratada o modificas la instalación existente.
- La actividad se considera local de pública concurrencia o con riesgo especial.
- Necesitas registrar la instalación para contratar o cambiar de comercializadora.
- Una inspección periódica ha resultado desfavorable.
Normativa que aplica
| Norma | A qué obliga |
|---|---|
| REBT (RD 842/2002) | Reglamento electrotécnico para baja tensión: obliga a proyecto en los supuestos de su ITC-BT-04. |
| ITC-BT-04 | Determina cuándo se exige proyecto y cuándo basta memoria técnica de diseño. |
| ITC-BT-28 y ITC-BT-29 | Locales de pública concurrencia y locales con riesgo de incendio o explosión. |
| Ley 21/1992 de Industria | Registro de la instalación e inspecciones periódicas por organismo de control. |
Cada referencia enlaza a su texto oficial. Si tienes dudas sobre cuál te afecta, te lo aclaramos sin compromiso.
Qué incluye el servicio
- Cálculo de cargas, secciones, protecciones y puesta a tierra.
- Esquema unifilar y planos de la instalación.
- Proyecto o memoria técnica de diseño, firmada.
- Tramitación del registro ante el organismo competente.
Cómo es el proceso
01 Toma de datos
Potencias, maquinaria, usos del local y estado de la instalación existente.
02 Cálculo
Dimensionado de líneas, protecciones y puesta a tierra conforme al REBT.
03 Documentación
Redacción y firma del proyecto o de la memoria técnica de diseño.
04 Registro
Presentación telemática y coordinación con el instalador autorizado.
Plazos y documentación
Plazo
[X días] desde la visita. El plazo de la administración va aparte.
Qué necesitamos de ti
Plano o croquis del local · Listado de maquinaria y potencias · Boletín anterior si existe · Datos del titular y de la actividad
Preguntas frecuentes
¿Cuándo hace falta proyecto y cuándo memoria técnica?
Lo determina la ITC-BT-04 del REBT en función de la potencia, el tipo de local y la actividad. En muchos locales pequeños basta con memoria técnica de diseño.
¿Puedo contratar la luz sin registrar la instalación?
No. La comercializadora exige el certificado de instalación registrado para dar de alta o ampliar el suministro.
¿Vosotros hacéis la instalación?
No. Redactamos y firmamos la documentación técnica; la ejecución corresponde a un instalador autorizado, con el que nos coordinamos.
¿Cada cuánto hay que inspeccionar la instalación?
Depende del tipo de local y de la potencia. Te lo indicamos en la documentación que te entregamos para que lo tengas en el calendario.
¿Tienes un requerimiento encima de la mesa?
Cuéntanos el caso y te decimos qué trámite aplica, qué documentación hace falta y en cuánto tiempo puede estar.